En una decisión que marca un hito en la protección de los derechos educativos y de creencias, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 7, fracción XII de la Ley de Educación del Estado de Nuevo León.
Esta fracción, que incluía la frase “desde la concepción hasta la muerte natural”, fue tachada de inconstitucional por la Corte por imponer una ideología específica sobre el inicio de la vida en el ámbito educativo.
La controversia se originó tras la publicación de una reforma a la ley el 24 de julio de 2020, que proponía que uno de los objetivos de la educación en el estado sería fomentar actitudes solidarias y una conciencia sobre el respeto a la vida desde su concepción hasta la muerte natural.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad, argumentando que dicha redacción promovía una visión particular sobre la vida que no es compartida universalmente.
El Ministro Ponente, Javier Laynez Potisek, explicó que la definición establecida en el artículo no es neutral y pretende adoctrinar a los estudiantes en una única concepción de vida, lo que compromete la libertad de creencias y la neutralidad educativa.
Laynez Potisek destacó que no existe un consenso científico, moral o religioso sobre cuándo comienza la vida humana, y por ende, imponer una definición en el currículo escolar resulta inadecuado.
Por su parte, la Ministra Loretta Ortiz Ahlf subrayó el impacto negativo de la ley en los derechos de las mujeres, particularmente en relación con la interrupción legal del embarazo. Ortiz Ahlf argumentó que la disposición generaba prejuicios y estigmas contra las personas que eligen interrumpir un embarazo, afectando su derecho a decidir sobre su salud reproductiva.
El fallo de la SCJN recalca la importancia de que el Estado mantenga una postura neutral respecto a ideologías y creencias, especialmente en el ámbito educativo.
La inclusión de una perspectiva específica en la Ley de Educación de Nuevo León se consideró una vulneración a la pluralidad y la libertad de pensamiento.
La resolución ajusta la ley educativa del estado para alinearla con los principios constitucionales de neutralidad y respeto a la diversidad de creencias.
La decisión es vista como un paso crucial para garantizar una educación libre de imposiciones ideológicas, permitiendo a los estudiantes formar sus propias opiniones sin presiones externas.
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