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Crítica a la CNDH: víctimas indefensas por una deficiente actuación

Redacción Por Redacción
8 noviembre, 2019
en Política
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Redacción MX Político.- La próxima persona que encabece la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) -en este caso Rosario Piedra Ibarra- deberá revisar los mecanismos de investigación de quejas, ante indicios de una práctica “selectiva” de casos que ha llevado al organismo a emitir un escaso número de recomendaciones individuales, “dejando a las víctimas en estado de indefensión”, advierte Cuauhtémoc Rueda Luna, director de Efecto Útil, una organización civil dedicada a monitorear organismos públicos de derechos humanos.

Por lo pronto, el pleno del Senado de la República determinó esta semana la elección de Rosario Piedra Ibarra como  titular de la CNDH de la terna presentada por las comisiones de Derechos Humanos y Justicia –frente a los otros dos candidatos; Arturo Peimbert, extitular de la Defensoría del Pueblo de Oaxaca; y José de Jesús Orozco, exintegrante de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de acuerdo a una información de apro.

Rueda Luna considera necesario revertir la “selectividad” de denuncias presentadas ante el organismo y que deja sin resoluciones a miles de víctimas que acuden al sistema ómbudsman.

“Sería muy importante que (Rosario Ibarra Piedra) presentara su propio diagnóstico de la institución y se comprometa a diseñar una metodología de investigación seria de las violaciones a derechos humanos, porque es una de las recomendaciones que le hizo el único organismo de supervisión que tiene la CNDH, que es la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI), luego de que la institución fue sometida a revisión, en noviembre de 2016.”

La GANHRI, un mecanismo de supervisión de organismos públicos de derechos humanos, adscrito a las Naciones Unidas, emitió seis recomendaciones a la CNDH, algunas de ellas derivadas de un informe alternativo envidado por Efecto Útil, que fue analizado por el Subcomité de Acreditación (SCA).

En un documento firmado por la jefa adjunta del SCA, Afarin Shahidzadeh, dirigido a González Pérez el 1 de diciembre de 2016 –del cual este semanario tiene copia–, el organismo recibió información de que “el número de recomendaciones emitidas por la CNDH es sustancialmente menor que el número de denuncias de violaciones a derechos humanos recibidas”.

El SCA admite que entre las razones por las que existe esa diferencia está “el gran porcentaje de las denuncias resueltas por procesos de conciliación”, pero “alienta a la CNDH a revisar sus procesos para asegurar que sus métodos de operación actuales no resulten en un fracaso para abordar violaciones sistemáticas de derechos humanos”.

Si bien se reconoce el esfuerzo de presentar “informes anuales, especiales y temáticos”, para dar cuenta de la situación de los derechos humanos, el SCA destaca que como parte del mandato “de promover y proteger los derechos humanos”, las instituciones públicas “deben emprender acciones de seguimiento sobre las recomendaciones contenidas en estos informes y deben publicar información detallada sobre las medidas tomadas o no por las autoridades públicas a la hora de implementar recomendaciones o decisiones específicas”.

El SCA hizo observaciones sobre la destitución y el nombramiento del titular de la CNDH, al recomendar que el organismo promueva modificaciones legislativas para que haya garantías de seguridad jurídica para los titulares, así como para que se estipule “un proceso que fomente la selección basada en los méritos y garantice el pluralismo para garantizar la independencia del personal directivo”, así como “la formalización de un proceso de selección y nombramiento transparente, incluido un proceso de consulta pública con organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil”.

El SCA formuló recomendaciones sobre “el pluralismo en la composición de miembros y personal de la comisión”, alentó a continuar interactuando con organismo internacionales y a definir el papel del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, lo cual fue establecido en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobada el 26 de junio de 2017.

Por solicitudes de información a las que tuvo acceso Efecto Útil, hasta abril pasado no había avances en la atención de las recomendaciones del GANHRI, menos aun sobre el planteamiento de esa organización en torno al “uso selectivo de las recomendaciones”, en tanto que, en una respuesta vía trasparencia procesada por Efecto Útil, se remitió a la próxima reacreditación en 2021 para realizar “foros de participación de la sociedad en torno al tema”.

jvg

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