Guillermo Portugal Vela
En vísperas de la “cantada no revocación del mandato anticipada” para respaldar a Andrés Manuel López Obrador Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos (el 10 de abril próximo) y a poco más de dos años y medio de la conclusión de su periodo (30 de septiembre de 2024), el presidente ha desbordado en un beneplácito y triunfalismo exacerbado en relación a la conducción de las políticas públicas, asunto que decanta en un autoelogio que toda marcha sobre ruedas.
La administración de la Cuarta Transformación, dispone en esta coyuntura de una maquinaria política estratégica en tres bandas: consolidar el liderazgo populista hibrido democrático-autoritario del hombre de Macuspana; golpear políticamente a los adversarios de la 4T para impedir la revocación de mandato anticipada del presidente y cuyo presupuesto innecesario de Un mil 692.5 millones de pesos y lo trascendental que el meta-poder creciente del presidente siga definiendo y orientando la gobernanza, de ahí lo conducente del axioma de que “una política gubernamental nunca es sólo económica, pues define también la estrategia gubernamental y su relación de poder”.
De esto se tienen como casos desafortunados “el no respeto a la división de poderes del Estado”, es decir cuando el ejecutivo interfiere directamente e indirectamente en los órganos de gobierno “distintos, autónomos e independientes entre sí“ y que corresponden a sus similares “del poder legislativo o judicial”; o bien cuando se incurre en la asignación directa de la obra pública a los proveedores, situación que obstruye las licitaciones públicas al poner en entredicho a la cuenta pública y da pie a la consecuente elusión fiscal.
La revocación se observa desde el punto de vista epistemológico que es el concerniente a los “recursos potenciales del conocimiento y creencias justificadas como la percepción, la razón, la memoria y el testimonio” o desde una perspectiva jurídica que regula y garantiza el derecho político de los ciudadanos que se establecen en la Constitución, por lo que la revocación o la continuación de la gestión del presidente hasta su término; puede ser una condición de facto para dar cabida a un escenario fraude sobre el voto, es decir esto referido a una “reelección disfrazada”.
Para una explicación útil se define que “El proceso de revocación de mandato es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza”; sin embargo, sobre el proceso de marras ya se está dando margen de una cargada colectiva de decisión por razón del asistencialismo clientelar del voto duro del presidente y Morena y cuya adhesión se traduce en un potencial de más de 28 millones de votos directos e indirectos hacia el presidente y que corresponden significativamente a la cuota del asistencialismo recibido por los beneficiarios de los Programas de Bienestar y dentro de los cuales destacan los de Adultos Mayores, Pensión de las Personas con Discapacidad, Sembrando Vida y para el Bienestar de Niños y Niñas.
Se precisa que la “ley reglamentaria para la revocación” aprobada en lo general y en lo particular del 2021, admite “a los funcionarios públicos y al propio presidente López Obrador autoridad para opinar sobre la consulta de revocación de mandato” situación cuestionable que se basa en condiciones de desigualdad de poder político, pues no es lo mismo un ciudadano de a pie con respecto a un funcionario de gobierno del primer o segundo nivel.
En esto es inadmisible que la ley permita la participación propagandística y el plus implícito del arbitraje a discreción por terceras personas, en este sentido la revocación de mandato es una trampa al cambiar la orientación del voto y cuya manipulación obedece a intereses mezquinos y sin escrúpulos para violar la ley.
De ahí la pertinencia por conocer la opinión ciudadana en cuanto a una evaluación y seguimiento del actuar gubernamental y no la respuesta cerrada “del sí que continue la gestión o la revocación de mandato”, entonces es inviable el procedimiento de la revocación porque se adolece de objetividad informada y consciente en la interacción del proceso de la ciudadanía-gobernanza.
En síntesis, debiera reforzarse en buscar otras alternativas que propicien dar respuestas a una gama de interrogantes y profundidad de análisis socioeconómicos sobre el quehacer gubernamental, y con ello obtener una interpretación identitaria del ciudadano y su correspondiente filiación hacia la estructura territorial y sectorial.
Por lo que, en este marco post-neoliberal será fundamental cuestionar la narrativa 4T y con ello incluir ciertos ejes ideológicos de arranque que han sido relegados por corresponder a una posición crítica revolucionaria y cuya exclusión de tajo fue por no coincidir con el liderazgo López-Obradorista.
En este tenor será prioritario revertir y enfrentar las externalidades negativas de los programas neoliberales y sobre todo en relación a la desigualdad, la precarización y el fracaso del sistema para salir del subdesarrollo, por tanto el diseño conjunto hacia los pobres y con denominaciones concluyentes como “hambre cero y el buen vivir” que es una asignatura pendiente y donde al mismo tiempo persisten los proyectos extractivistas, se promueve la financiarización, la dependencia fiscal y monetarista, se inhibe el movimiento popular, se apropian de los liderazgos y se modifican las resistencias, por ello implica revisar y construir su implementación con las fuerzas políticas y sociales para concurrir luego en la búsqueda de los consensos y asimismo establecer como prioridades las bases del relanzamiento de la construcción emergente de agenda nacional política y democrática.
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Apéndice. “Revocar es una respuesta de las masas ante el incumplimiento del gobierno a las demandas populares; por lo que ubicar a un presidente incumplido es situarlo en el banquillo de los acusados; es un error que la promoción de la consulta recaiga en el presidente y los partidos, por ello cuando las ideas y acciones bien intencionadas descarrilan el espíritu de la norma se modifica la esencia del derecho, por tanto ¡quien pone quita! y de cuyo episodio histórico Pascual Ortiz Rubio fue revocado por don Plutarco Elías Calles que lo impuso”. De la columna en redes sociales de Carlos Briseño.