La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acaba de dar un paso clave en la regulación de la inteligencia artificial (IA) en México al aprobar castigos para quienes usen esta tecnología para manipular y difundir contenido íntimo sin consentimiento. Con esta decisión, se refuerza la protección de la privacidad y se hace oficial la reforma al Código Penal de Sinaloa, que impone penas de 3 a 6 años de prisión a quienes cometan este delito. Esta medida busca actualizar las leyes ante los retos del mundo digital y brindar mayor seguridad en el entorno virtual.
La SCJN reconoció la definición de inteligencia artificial establecida en el artículo 185 Bis C del Código Penal de Sinaloa, el cual sanciona la manipulación de material íntimo con IA para generar hechos falsos con apariencia real y su posterior difusión a través de cualquier medio digital o impreso, sin el consentimiento expreso de la víctima.
El fallo de la Corte llega tras la acción de inconstitucionalidad 66/2024, promovida nada menos que por el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien argumentó que la definición de IA en la ley era ambigua y podía poner en jaque la seguridad jurídica. Sin embargo, el ministro ponente Juan Luis González Alcántara Carrancá no compró del todo ese argumento y defendió que, aunque la definición no es un modelo de precisión técnica, sí es lo suficientemente clara para aplicarse en casos de violación a la intimidad sexual. En otras palabras, la ley puede no ser perfecta, pero es funcional para castigar estos delitos.
Desafíos en la Implementación de la Ley.
Los expertos en ciberseguridad y derecho digital ven esta ley como un paso adelante para proteger la intimidad en México, pero advierten que el verdadero reto está en hacerla funcionar. No basta con criminalizar una conducta si no hay herramientas para detectarla y frenarla. Actualmente, el país carece de sistemas de ciberseguridad capaces de monitorear eficazmente estas prácticas, y el anonimato junto con el uso masivo de bots en redes sociales hacen prácticamente imposible su erradicación. Sin una estrategia tecnológica bien implementada y la colaboración con el sector privado, esta medida corre el riesgo de quedarse en letra muerta.
Los especialistas insisten en que sin colaboración con la iniciativa privada y una inversión seria en tecnología y capacitación, esta ley será pura teoría sin impacto real. Regular sin infraestructura es como poner un semáforo en el desierto: completamente inútil. La cantidad de contenido que circula en redes sociales es descomunal. Para darse una idea, cada minuto se suben 347,000 imágenes en Instagram y se envían 41.6 millones de mensajes en WhatsApp. Pretender controlar esto sin herramientas adecuadas es como intentar detener el mar con las manos.
El Precedente de la Ley Olimpia
La reciente reforma trae a la memoria el impacto de la “Ley Olimpia”, un conjunto de modificaciones legales que pusieron en la mira la violencia digital y la difusión no consentida de contenido íntimo. A diferencia de esta nueva legislación, la Ley Olimpia no solo contó con un marco jurídico, sino con una muy buena campaña mediática y el respaldo de activistas como Olimpia Coral Melo, lo que la convirtió en un tema de debate nacional y facilitó su implementación.
Mientras aquella reforma llegó con reflectores y presión social, esta nueva medida tiene el reto de consolidarse sin la misma difusión.
El verdadero reto de esta nueva legislación no es solo castigar a los responsables, sino garantizar que haya herramientas tecnológicas y estrategias eficaces para prevenir estos delitos. Sin una colaboración real entre el gobierno, la sociedad civil y el sector privado, esta ley corre el riesgo de quedarse en el papel mientras el problema sigue creciendo en el mundo digital. La clave no está solo en las sanciones, sino en la capacidad de adaptación ante una realidad tecnológica en constante evolución.