Ninguna gracia

Fuera de todo

Denise Díaz Ricárdez

 

Ojalá sea una realidad la ancestral demanda de justicia en favor de todas aquellas mujeres que por múltiples circunstancias están sujetas a violencia de género y también las víctimas de feminicidios.

Está en el Congreso de la Unión desde el pasado 15 de julio la iniciativa de Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar el daño por el delito de feminicidio, a solicitud del ejecutivo.

Incluye hasta 70 años de prisión a quien cometa ese delito y criterios de calificación uniformes en todo el país.

En la ceremonia de presentación de tal iniciativa en la sede antigua del Senado en la Ciudad de México se expuso:

“Actualmente tenemos 32 estados que regulan el feminicidio de forma diferente en lo referente al tipo penal, las razones de género, las agravantes y las penas. Nuestra apuesta con esta homologación es tener un tipo penal sólido y fortalecido, además de obligar a que las y los servidores públicos de las fiscalías se capaciten y certifiquen con altos estándares en derechos humanos y perspectiva de género”, puntualizó la subsecretaria.

Y vaya que hay diferencias.

Con base en el informe del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el primer semestre del año se registraron 315 casos de feminicidio, un promedio de 52 casos por mes en el país.

En el mismo lapso esa dependencia oficial revela 772 mujeres en calificación de homicidio doloso y luego mil 500 más en la categoría de homicidio culposo (accidentes, entre otras causas).

La diversidad de criterios en la calificación de esas muertes de mujeres es una de las grandes interrogantes no únicamente de las Fiscalías Especializadas o generales (faltan nueve entidades de contar con las primeras), sino de las instancias judiciales.

Son múltiples los cambios que se registran entre feminicidios, homicidios dolosos y culposos.

Casi siempre las Fiscalías inician averiguaciones desde la perspectiva de homicidios dolosos aun cuando hay evidencias que permiten calificarles como feminicidios.

Esta iniciativa sustituye a la vigente Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia creada en 2007, que fue un parteaguas en el cambio de muchos criterios de una auténtica protección a la violencia de género.

Esta ley incluye protección a las mujeres que denuncien situaciones de riesgo de sus vidas.

Unas Fiscalías atienden a través de Centros de Protección, otros minimizan.

Es un asunto de interés nacional que compete a mujeres y hombres, de todas las edades y condiciones sociales.

Por último, las autoridades educativas desde preescolar hasta universidades y tecnológicos han de tener programas de orientación que minimicen estas acciones machistas y violentas que afectan a toda la sociedad mexicana.

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