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Para combatir la delincuencia y abatir la impunidad se requieren estrategias integrales: ANADE

Redacción Por Redacción
6 febrero, 2019
en Nacional
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CIUDAD DE MÉXICO, 6 de febrero (AlmomentoMX).- Para combatir la delincuencia y abatir la impunidad se requieren estrategias integrales que busquen el fortalecimiento del estado de Derecho y del sistema de justicia, señaló la Asociación Nacional de Abogados de Empresas, Colegio de Abogados, A.C. (ANADE).

Lo anterior, derivado de la iniciativa presentada por diversas fuerzas políticas tanto en la Cámara de Senadores como en la Cámara de Diputados, que buscan modificar el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con objeto de ampliar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

Por lo que la ANADE, que preside el licenciado Adrián Ojeda Cuevas, presentó un posicionamiento con respeto a las modificaciones al artículo 19 de la Constitución en materia de prisión preventiva oficiosa, a través de cuatro puntos.

Primero: La prevención del delito por medio de políticas públicas que busquen reactivar la economía y dotar de oportunidades a los que menos tienen, así como a través de la difusión de la cultura de la legalidad, de la integridad empresarial y del compliance penal, que permita el establecimiento del debido control al interior de las organizaciones empresariales, con objeto de evitar la comisión de delitos desde el interior de la misma.

Segundo: la profesionalización, dignificación, capacitación y control ética de policías, peritos, ministerios públicos y fiscales, incluyendo salarios acordes y el servicio profesional de carrera.

Tercero: El control ético de jueces y abogados que intervienen como defensores o asesores jurídicos de víctimas u ofendidos, tanto públicos como privados. La colegiación y certificación voluntaria de los abogados particulares que garanticen la educación jurídica continua y el control ético de sus miembros.

Cuatro: El fortalecimiento institucional de las Unidades de Medidas Cautelares que permitan asegurar el cumplimiento de sus determinaciones y un debido control de los datos a nivel nacional de quienes están siendo investigados o quienes ya fueron imputados, vinculados a proceso, sentenciados u optaron por alguna medida alterna de solución de controversia (con esto se evita la mal llamada “puerta giratoria”).

La ANADE señala que con motivo del proceso de implementación del sistema penal acusatorio que concluyó en 2016, así como derivado de la reforma constitucional del 2011, se estableció un nuevo paradigma para la justicia penal de nuestro país, sustentada en el reconocimiento de los derechos humanos,  el debido proceso y la presunción. E inocencia.

“Esto implicó que la prisión preventiva que había sido utilizada e manera indiscriminada en el anterior sistema se acatara y solo pudiera ser aplicada excepcionalmente”.

Atendiendo a ello, señala la ANADE, el artículo 19 Constitucional vigente establece como obligación al juez de control el imponer prisión preventiva tratándose de delitos de la delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medidas violentas como armas y explosivos; así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

Así también, se permite al juez de control imponer la prisión preventiva, como medida cautelar, en cualquier otro delito, siempre que otras medidas no sean suficiente para asegurar la presencia del imputado en el procedimiento, garantizar la seguridad de la víctima u ofendido, o evitar la obstaculización del procedimiento.

La ANADE considera que una modificación al artículo 19 Constitucional que amplíe aún más el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva, sería contraria a la Convención Americana de Derechos Humanos y a la jurisprudencia de la Corte Internacional de Derechos Humanos que ha establecido que la prisión preventiva debe ser exponencional y justificada.

“Podría generar también injusticias ya que el estándar aprobatorio para la formulación de imputación y vinculación a proceso que se desarrolla durante la etapa de investigación solo requiere. De la existencia de un hecho que la ley señala como delito y la probabilidad de que el imputado la cometió o participó en su comisión”.

Por todo ello, la ANADE exhorta a las autoridades legislativas que se encuentran analizando las diversas iniciativas, que revisen con detenimiento las implicaciones  que tendrá el reformar el artículo 19 Constitucional, ya que atentaría en contra del principio de progresividad en materia de derechos humanos y la presunción de inocencia, pilares de nuestro sistema legal.

AM.MX/fm

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