La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha decidido no suspender el decreto que reforma la Ley de Amparo, según lo anunciado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.
Aunque el ministro admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad presentadas por senadores y diputados de oposición, optó por no conceder la medida cautelar solicitada.
González Alcántara Carrancá argumentó que suspender el decreto implicaría anticipar un juicio sobre el fondo del asunto, algo que corresponde al pleno de la Corte, y no a la Primera Sala.
“La concesión de la medida cautelar implicaría resolver sobre una cuestión reservada al fondo de la misma”, explicó el ministro.
Los opositores a las reformas sostienen que la implementación de las nuevas disposiciones podría afectar gravemente los derechos a la administración de justicia y a la tutela judicial efectiva.
Alegan que las restricciones impuestas por el legislador ordinario podrían dañar la capacidad de garantizar justicia, al limitar el otorgamiento de medidas cautelares sin respaldo constitucional.
La decisión de la SCJN deja el debate sobre la constitucionalidad de las reformas a la Ley de Amparo en manos del pleno de la Corte, mientras la Primera Sala se limita a evaluar la solicitud de suspensión.
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