Columna de opinión
La pensión compensatoria es tu Derecho
Política
Por: Dra. Aida del Carmen San Vicente
Si te dedicaste al hogar exclusivamente durante el matrimonio o concubinato esto te puede interesar…
La pensión compensatoria es un deber asistencial entre ex cónyuges o ex concubinos, tiene un carácter resarcitorio cuando se disuelve la unión, porque en ocasiones un miembro de la pareja deja de trabajar para dedicarse al hogar -que también es un trabajo, solo que no es reconocido ni remunerado- durante ese tiempo que vive en pareja y no trabaja pierde oportunidades laborales, su currículum se desfasa por ende sus oportunidades para ingresar al mercado laboral se reducen drásticamente, por ello es imposible que terminando el matrimonio o el concubinato la persona pueda retomar su vida como si nada e integrarse al mercado laborar por obra de magia, puesto que la persona está en una posición económica desfavorable.
Entendiendo esto la Suprema Corte de la Nación ha determinado que la ex pareja que vivió en matrimonio o concubinato puede solicitar una pensión compensatoria; para determinar el monto se deben tomar en cuenta los siguientes elementos: edad y estado de salud de los excónyuges y exconcubinos; su calificación profesional y posibilidad de acceso a un empleo; duración del matrimonio o el concubinato y, dedicación pasada y futura a la familia y al hogar; colaboración con su trabajo en las actividades del excónyuge o exconcubino; medios económicos de uno y otro excónyuge o exconcubino, así como de sus necesidades; las obligaciones que tenga el deudor; y la existencia de la doble jornada. Usualmente este derecho dura el mismo tiempo que duro la unión, porque tiene un carácter resarcitorio.
La pensión compensatoria es un derecho que no se puede renunciar, es un derecho que pueden solicitar hombres y mujeres, la ley no distingue, lo importante es acreditar que la persona se dedicó al hogar como principal ocupación -de tiempo completo- y por tanto no tiene recursos propios, ni bienes ni posibilidades de ingresar a la vida laboral pues presenta un desfase derivado de que no se pudo dedicar a trabajar durante la unión. La pensión compensatoria es independiente de los alimentos, un derecho que tienen los hijos de la pareja, puesto que es autónomo.
Una entrega de Latitud Megalópolis para Índice Político
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