Columna de opinión
¿Traición a la Patria?
José Alberto Sánchez Nava
Por José Alberto Sánchez Nava
“La patria no se traiciona en entrevistas: se traiciona cuando el Estado abdica su deber frente a la violencia que gobierna en su lugar.
- Introducción
La declaración de Luisa María Alcalde, presidenta nacional de Morena, acusando a la senadora Lilly Téllez de “traicionar a la patria” por pedir apoyo internacional en el combate al narcotráfico, abre una discusión incómoda pero necesaria: ¿estamos ante un verdadero supuesto de traición a la patria o frente a un uso político de una de las figuras jurídicas más graves de nuestro ordenamiento constitucional?
- El marco constitucional de la traición a la patria
El Código Penal Federal (artículo 123) y la Constitución (artículos 108 y 111) establecen que la traición a la patria consiste en levantar armas contra México, unirse a fuerzas invasoras, auxiliar a un enemigo en guerra o permitir la intromisión militar extranjera en detrimento de la soberanía nacional.
¿Encaja en ello lo dicho por Téllez? Difícilmente. La senadora solicitó apoyo internacional en seguridad, una postura cuestionable y políticamente polémica, pero no existe guerra declarada contra Estados Unidos, ni ha convocado a una invasión militar. En rigor, lo expresado no cumple los elementos típicos del delito de traición a la patria.
- La Ley de Seguridad Nacional
El artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional advierte que la seguridad puede verse comprometida por la intervención extranjera, pero también reconoce la colaboración internacional en la lucha contra el crimen organizado transnacional. Basta leer los convenios firmados por México en el marco de la ONU, la OEA, etc.
México ha firmado convenios multilaterales y bilaterales en ese sentido: desde la Iniciativa Mérida, hasta la cooperación actual con agencias como la DEA, el FBI o Homeland Security. Si tales vínculos fueran “traición”, tendríamos que cuestionar no solo a Lilly Téllez, sino a todos los gobiernos desde Felipe Calderón hasta Andrés Manuel López Obrador, que han aceptado cooperación con agencias estadounidenses (DEA, FBI, Homeland Security), deberían estar en el banquillo de los acusados.
- ¿Procede el desafuero?
El artículo 61 constitucional protege a los legisladores por las opiniones que manifiesten en el ejercicio de su cargo. La inviolabilidad parlamentaria implica que un senador no puede ser procesado ni enjuiciado por lo que diga en tribuna o en medios en calidad de legislador.
Para proceder al desafuero, el artículo 111 exige una causa penal sustentada en hechos concretos, no en declaraciones políticas. Y aunque Morena quisiera abrir ese proceso, la imputación tendría que ajustarse al tipo penal de traición a la patria, lo cual jurídicamente es insostenible.
- Entre la retórica y el encubrimiento
Las palabras de Alcalde parecen más orientadas a la arena política que al terreno jurídico:
- Desvío del foco real: el crimen organizado controla territorios, cobra cuotas, asesina y gobierna de facto regiones del país.
- Construcción de un enemigo interno: etiquetar a una senadora como “antipatriota” permite blindar al oficialismo.
- Encubrimiento del fracaso: la soberanía mexicana está comprometida, pero no por Fox News ni por Téllez, sino por la expansión del crimen organizado frente a un Estado debilitado.
- Ejemplos en el mundo
El uso político de la acusación de “traición” no es exclusivo de México.
- En Estados Unidos, personalidades como Edward Snowden fueron acusados de traidores por filtrar información sobre la vigilancia masiva, aunque muchos lo ven como un denunciante de interés público.
- En España, dirigentes catalanes fueron procesados por “sedición” y “rebelión” al impulsar la independencia, lo que abrió un debate sobre si sus actos eran legítima expresión política o traición al Estado.
- En Venezuela, opositores han sido señalados de “traidores” por solicitar sanciones internacionales, lo que muestra cómo la acusación de antipatriotismo suele usarse como herramienta de control político.
Estos casos ilustran cómo la acusación de traición a la patria suele depender más del contexto político que del rigor jurídico.
- Conclusión
¿Es viable jurídicamente hablar de traición a la patria en este caso? No.
¿Es procedente el desafuero? Tampoco.
Lo que sí existe es un uso faccioso del discurso nacionalista para ocultar la incapacidad del Estado mexicano en su deber esencial: garantizar seguridad y paz.
La verdadera traición no está en las entrevistas concedidas a una televisora extranjera, sino en la omisión, complicidad y silencio de quienes permiten que el crimen organizado avance sin freno.
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