Eduardo Sadot
La Universidad Nacional Autónoma de México UNAM por su propia naturaleza es vanguardia, en la identificación de necesidades sociales y promotora y generadora de propuestas de soluciones.
La vocación de la UNAM le ha ganado el prestigio de ser paradigma, productora de respuestas para temas nacionales.
El patrimonio de la UNAM, integrado por sus recursos humanos. son ejemplo que se multiplica y reproduce en todo el país.
Sin embargo, evidentemente la legislación universitaria acusa un retraso de cien años, en lo referente a que su marco jurídico no incluye la evolución de la sociedad y modificación del contexto social particularmente que considera como límite de edad de setenta años para ocupar cargos directivos, inclusive para ser rector, como lo establecen, la ley orgánica y el estatuto universitario.
La legislación se elaboró en 1929 cuando el promedio de vida de los mexicanos era de treinta y seis años, hoy que la perspectiva de vida rebasa los ochenta años, habría que replantearse el nuevo umbral de vida productiva de los académicos, para capitalizar su experiencia en beneficio de la institución y de las nuevas generaciones.
El tema no es sencillo, pues es evidente que aprovechando un cambio de ésa magnitud en los estatutos universitarios, muchos estarían al acecho con cualquier pretexto para desestabilizar a la UNAM, un tema en el que el rector Leonardo Lomelí ha sido extremadamente cauto, una postura de cautela que ha caracterizado los rectorados de la UNAM plenamente justificada.
Pero aun con esos riesgos, la UNAM no puede darse el lujo de desperdiciar el conocimiento, la vocación y la madurez intelectual de universitarios que todavía tienen mucho que aportar, que con la legislación actual prácticamente tira a la basura la experiencia de muchos universitarios, inclusive con el pretexto de abrir paso a las nuevas generaciones, se corre el riesgo de dejar sin el talento y la experiencia de los viejos universitarios que retroalimentan al patrimonio humano de la institución.
Recientemente, en los rectorados anteriores al del Doctor Lomelí inclusive se incentivó a la jubilación de valiosos maestros, aunque en algunos casos – muy pocos – se les brindó la oportunidad de continuar impartiendo clases ya jubilados sin percibir ingresos, debido a que contaban con su pensión de retiro, pero la vocación magisterial no se termina con la jubilación y en muchos casos se conserva hasta la muerte. Los contados casos de maestros que por la edad ya no pueden impartir clase no son suficientes para desperdiciar aquellos casos que mantienen su vigencia.
¿Puede una universidad que se ha caracterizado por la inclusión mantener reglas que excluyen por edad? Mientras en universidades extranjeras cuentan con rectores o investigadores mayores; ministros de cortes, premios Nobel o científicos activos después de los 70 años; el aumento de la esperanza de vida y la prolongación de la vida intelectual productiva. Los universitarios habrán de resolver en su seno la contradicción entre modernidad universitaria y normas envejecidas. Para ejemplo de otras instituciones que también acusan el mismo problema y que imitarán las soluciones universitarias.
@eduardosadot
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