Nacional
Senado avala reforma relativa al Informe Presidencial
El Senado de la República aprobó un dictamen para armonizar el contenido del artículo 7 de la Ley Orgánica del Congreso General con el artículo 69 de la Constitución Política, relativo a la presentación del Informe Presidencial.
El proyecto de decreto, que modifica los numerales 1, 2 y 4, y deroga los numerales 3 y 5 del artículo de dicha Ley, se aprobó con 63 votos a favor, 15 en contra y cuatro abstenciones, y se envió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
Así, se establece que el primero de septiembre de cada año, en la apertura de las sesiones ordinarias del primer período del Congreso, el Presidente de la República presentará un informe por escrito del estado que guarda la administración pública del país, de conformidad con el artículo 69 de la Constitución Política.
Dispone que en la sesión de apertura hará uso de la palabra un legislador federal por cada uno de los partidos políticos que concurran, representados en el Congreso. Estas intervenciones se realizarán en orden creciente, en razón del número de diputados de cada grupo partidista y cada una de ellas no excederá de 15 minutos.
Plantea que las Cámaras analizarán el informe remitido por el Presidente de la República y que el análisis se desarrollará clasificándose por materias: en política interior, política económica, política social y política exterior.
La senadora Martha Angélica Tagle Martínez consideró que esta reforma “ni siquiera intentó” establecer un verdadero formato en el que el Ejecutivo Federal rinda cuentas a la nación en el Congreso de la Unión, en el que los secretarios de Estado no sólo acudan a las cámaras a presentar “algunas ideas” donde no hay cuestionamientos.
Lo cambios, asentó, validan un formato que nada tiene que ver con la rendición de cuentas, y que limita el derecho de los ciudadanos a conocer cuál es el estado que guarda la nación.
En tanto, la senadora priista María Hilaria Domínguez Arvizu destacó que, en 2008, se aprobó una reforma al artículo 69 de la Carta Magna para que el Ejecutivo Federal presente su informe de gobierno por escrito, sin necesidad de requerir su asistencia a la apertura del primer periodo ordinario de sesiones.
Dijo que el artículo 7 de la Ley Orgánica del Congreso General vigente contempla que el Presidente de la República asista y presente un informe, lo cual ya no es viable porque ya no es necesaria la presencia del titular del Ejecutivo y esto “nos obliga a realizar estos cambios”.
Para el senador Alejandro Encinas Rodríguez del PRD, las instituciones públicas se negaron a entender que la correlación de fuerzas y el ejercicio del poder en México habían cambiado y expresó: “Y lejos enfrentar los cambios que se requerían para establecer una nueva relación entre el los poderes Ejecutivo y Legislativo se orientaron, como siempre, a la protección de la figura presidencial”.
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